Mar 23 de Abril de 2024
Curuzú Cuatiá - Corrientes
Canal Youtube Canal Twitter Canal Facebook Canal RSS
 
 
El HCD aprobó el programa de repavimentación, pavimentación o asfalto municipal comunitario “Compartiendo Esfuerzo”

Pasadas las 20.30hs. del jueves 3 de noviembre del corriente, la presidente del cuerpo la Sra. Mariel Naya Yrigoyen y el secretario Dr. Fernando Domínguez, con la única ausencia justificada del concejal Josias Cerono, dieron inicio a la sesión del día de la fecha.

Luego la presidente sometió a votación el orden del día el que fue aprobado unánimemente.

A continuación se trató el primer punto referido a la lectura y consideración del Acta N° 1617, la que omitiendo su lectura fue aprobada unánimemente.

El 2° punto tratado fue de los despachos, de la comisión de gobierno, el Expte. N° 5785/2.022 referido a la nota Privada del Rector del Instituto Superior de Curuzú Cuatiá, solicitando se declare de Interés Municipal el Acto en el que se presentara el cortometraje denominado ¿Qué trajiste de Malvinas?. El concejal Santini comentó sobre esta actividad y solicitó su aprobación del proyecto el que fue unánime.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE CURUZU CUATIA

DECLARA

Art. 1°.- DECLARAR de Interés Municipal el acto en el que se presenta el cortometraje denominado “¿Que trajiste de Malvinas?”, a realizarse el día viernes 11 de noviembre del corriente año en el instituto Superior de Curuzú Cuatiá.

Art. 2°.- ENVIAR copia de la presente a los organizadores.

Art. 3°.- De Forma.

Seguidamente se trató el despacho de la comisión de medio ambiente el Expte. N° 5782/2.022 sobre el proyecto de Resolución de adherir en todos sus términos a la disposición 083/2.022 de la Dirección de Recurso Forestales de la Provincia de Corrientes. El concejal Santini dijo que debido a la falta de lluvias y los índices de peligro de incendios, queda PROHIBIDO el uso del fuego y SUSPENDIDAS las autorizaciones de quema en toda la provincia de Corrientes, por ello de esta manera acompañamos desde el Concejo esta medida.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE CURUZU CUATIA

RESUELVE

Art. 1°.- ADHERIRSE en todos sus términos a la disposición N° 083/2022 de la Dirección de Recursos Forestales de la provincia de Corrientes.

Art. 2° De forma.

Luego se trató el despacho de la comisión de Gobierno y Obras el Expte. N° 5780/2022 proyecto de interbloque referido a crear el programa de repavimentación, pavimentación o asfalto municipal, comunitario el cual se denominará “Compartiendo Esfuerzo”. El concejal Ortiz explicó sobre el mismo dónde tiene participación el vecino y la importancia del programa, por ello solicitó a los concejales el acompañamiento el que fue unánime aprobando el siguiente texto como ordenanza.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE CURUZÚ CUATIÁ

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°.- CREAR el Programa de repavimentación y/o pavimento el cual se denominará "Compartiendo Esfuerzo". -

Art. 2°.- EJECUTAR las obras de pavimentación y repavimentación en el ámbito del departamento de Curuzú Cuatiá, podrán ejecutarse a solicitud de los vecinos frentistas, de conformidad con las disposiciones de la presente Ordenanza.-

Art. 3°.- ESTABLECER que se entiende por vecinos frentistas; los titulares de dominio y/o poseedores a titulo de dueño y/o residentes regulares de las parcelas con frente a las calles cuya pavimentación se solicita. La invocación del carácter de vecino frentista no implica reconocimiento de hecho o derecho alguno por parte de la Municipalidad de Curuzú Cuatiá. -

Art 4°.- REALIZAR las obras de repavimentación y pavimento de acuerdo a la siguiente modalidad:

a) Provisión de los materiales necesarios correspondiente al 50 % (cincuenta por ciento) para la ejecución total y completa de la calle a repavimentar o pavimentar por cuenta y a costo de los vecinos. Cantidad que será establecida por la Secretaría de Obras Públicas mediante informe detallado.-

b) Se tomará el valor de la bolsa de cemento (actualizada) para establecer los porcentajes.-

c) Estudio, nivelación, medición, proyecto, cómputo de materiales, provisión de maquinarias y materiales, mano de obra, combustible, lubricantes, moldes y herramientas menores, dirección y ejecución de la obra, por cuenta y costo de la Municipalidad de Curuzú Cuatiá.-

Art. 5°.- SOLICITAR la ejecución de las obras mencionadas en el artículo 1°, mediante un escrito que deberá contener:

a) Detalle de la ubicación de la calle a repavimentar o pavimentar. –

b) Designación de una Comisión Representativa de vecinos frentistas integrada por lo menos por 2 (dos) miembros, a quienes se facultará para suscribir el contrato general y realizar todas las gestiones necesarias para la tramitación del expediente respectivo. -

Art. 6°.- DETERMINAR a través de las áreas correspondientes, el orden de prioridad de la ejecución de las obras referidas en el artículo 1°, ponderando las circunstancias que seguidamente se expresan:

a) Coordinación con las calles a ejecutarse bajo el "Plan de Pavimentación" creada por Ordenanza Municipal N° 1.548 a efectos de evitar contratiempos, cortapisas e inconvenientes.

b) Orden cronológico de la solicitud y pago del 50% finalizado por parte de los vecinos.

c) Necesidades y urgencias especificas del lugar.

d) Factibilidad técnica de ejecución.

Art 7°.- LA Municipalidad se reserva el derecho de rechazar total o parcialmente la solicitud efectuada por los vecinos frentistas, en cualquier momento antes de la celebración del convenio general referido en el artículo 5° cuando:

a) Medie decisión fundada, basada en los intereses municipales y/o razones de oportunidad, mérito o conveniencia, valorables exclusivamente por el D.E.M.

b) Modificaciones o alteraciones tecnológicas surgidas a partir de la presentación de la solicitud, torne en contrario al interés público la ejecución de las obras, ello de acuerdo a la valoración efectuada por el Departamento Ejecutivo Municipal.

c) Cuestión económica, financiera o presupuestaria, valorables exclusivamente por el D.E.M. así lo ameriten.

d) Medie caso fortuito, fuerza mayor, fenómenos naturales y/o circunstancias de hecho o de derecho imprevisto y/o imprevisible.

e) Los antecedentes de los solicitantes no se ajusten a los requerimientos, establecidos en la presente Ordenanza.

f) La prestación de la solicitud no se ajuste a las exigencias previstas en la presente Ordenanza y/o los vecinos y/o la Comisión Representativa, no acompañe los documentos e instrumentos que le sean requeridos por la Municipalidad en tiempo y forma.

g) La Comisión Representativa de vecinos propongan condiciones inaceptables para la Municipalidad, o requiera obras, materiales o plazos legalmente improcedentes para los intereses del Municipio.-

Art. 8°.- LA DECISIÓN del DEM de desestimar total o parcialmente la solicitud, con fundamento en cualquiera de las causales indicadas en el artículo 7° de la presente Ordenanza, no generará derecho a compensación alguna y/o indemnización a favor de los solicitantes, ni los facultará a iniciar reclamos y/o recursos administrativos y/o judiciales algunos contra el Municipio. La decisión de desestimar total o parcialmente la solicitud, deberá ser notificada por medio fehaciente, a la Comisión Representativa de vecinos.-

Art. 9°.- A los efectos de la ejecución de las obras requeridas en el artículo 1°, se establece el siguiente procedimiento administrativo:

a) Presentación de solicitud de vecinos dirigida al Sr. Secretario de Obras Públicas en los términos expresados en el artículo 5° de la presente Ordenanza.-

b) A efectos de realizar los correspondientes convenios, se dará intervención a la Asesoría Legal Municipal efectos de su correspondiente encuadramiento bajo los preceptos de la presente Ordenanza.

c) Cumplidos los recaudos establecidos en la presente Ordenanza, se procederá a la celebración del convenio individualizado en el apartado b) del presente artículo, el que deberá ser suscripto por la Comisión Representativa y el Señor Intendente Municipal, refrendada su firma por el Secretario de Obras Públicas y remitido al Honorable Concejo Deliberante para su homologación.

d) Suscripto el convenio referido en el apartado anterior y previo a la ejecución de la obra, los vecinos solicitantes deberán poner los materiales a disposición de la Secretaría de Obras Públicas.-

Art. 10°.- LAS SOLICITUDES que hayan ingresado a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, y cumpliesen con los requisitos que establece la presente Ordenanza, deberán confeccionar sus respectivos Convenios, respetándose el orden cronológico de las mismas. -

Art. 11°.- PRESENTAR una vez cumplimentado lo prescripto por esta ordenanza anteriormente, copia de factura donde conste la compra total de materiales que aportarán los vecinos para la ejecución de la obra en cualquier corralón, ferretería y/o similar establecido en el Municipio de Curuzú Cuatiá. -

Art. 12°.- FACULTASE al D.E.M. a dictar otras reglamentaciones técnicas-administrativas de la presente Ordenanza.-

Art. 13°.- De Forma.

El 3° punto tratado fue el de los proyectos ingresados, primero de ordenanza del D.E.M. de aprobar el Presupuesto General de la Municipalidad de Curuzú Cuatiá para el año 2.023, que obra como anexo de la presente. Aprobar la Tarifaria para el año 2.023. Establecer las cuotas y porcentaje del Impuesto Automotor, Tasa y Servicio generales. Facultar al titular del D.E.M, junto a la Secretaria de Hacienda a suscribir toda la documentación para el acceso a Línea de Equipamiento de Municipios, para la compra de un camión volcador 0 KM.- Urgente tratamiento. Este último el concejal Toffoli solicitó que tenga tratamiento preferencial para la próxima sesión el que fue aprobado, además todos pasaron a comisión de Presupuesto.

Del Bloque Frente de Todos de Crear la Oficina Municipal de Atención para Hipoacúsicos, que tendrá por finalidad la atención y gestiones municipales pasó a comisión de Salud.

De interbloque de establecer los sentidos de circulación del tránsito vehicular urbano de varias calles pasó a comisiones de Obras y Gobierno.

Proyecto de resolución de interbloque de Reconocer a la Escuela Especial N° 7 “Dr. Juan Balestra” a los alumnos y profesores por su participación y logros obtenidos en los juegos Evita 2.022 en la ciudad de Mar del Plata. La concejal Ruiz luego de solicitar la lectura del proyecto y solicitar el tratamiento sobre tablas, el que fue aprobado, expresó que debemos sentirnos orgullosos de contar con esta calidad de profesionales en nuestra ciudad y por ello debemos preponderar a la institución la importancia de reconocer al establecimiento educacional, alumnos y profesores, que año a año vienen compitiendo y consiguiendo logros para el medallero provincial.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE CURUZU CUATIA

RESUELVE

Art 1°.- RECONOCER a la Escuela Especial N° 7 "Dr. Juan Balestra" a los alumnos y profesores por su participación y logros obtenidos en los Juegos Evita 2.022 en la ciudad de Mar del Plata.-

Art.2°.- HACER entrega de reconocimientos a los directivos, profesores y alumnos que participaron de la competencia.-

Art. 3°.- De Forma.

Luego se trató el 4° punto fue el referido a notas oficiales, del D.E.M. Boletín Oficial N° 3.429.

El 5° punto fue referido a notas privadas de los delegados de UPCN, solicitando respuesta ante la solicitud de la donación de terreno para su sede social paso a comisión de gobierno.

Del Sr. Ramón Roque Brest, Ex Soldado Combatiente de Malvinas, de la Compañía III Hospital Militar, solicitando autorización para colocar una placa en el Monumento “Soldado Correntino Combatiente de Malvinas” pasó a comisión de Obras.

De la Biblioteca Pública Cuatiá Rendá, solicitando se declare de Interés Municipal la 21 edición del Concurso “Primero lo Nuestro”, y el Fogón Criollo, por el día de la Tradición que se realizará el día 11 de noviembre próximo desde las 18hs. en las instalaciones de la Biblioteca. El concejal Rubin solicitó el tratamiento sobre tablas el que fue aprobado y luego puesto a consideración se aprobó como declaración.

El 6° punto fue el de resoluciones del D.E.M.:

N°489: Adjudicar al oferente que se indica más abajo, la Licitación Privada 02/2022, teniendo en cuenta, la propuesta que resultó válida, atento a la Licitación Privada realizada con la modalidad “oferta por Rubro” reuniendo los requisitos de calidad establecidos y que mejor satisfacen las necesidades requeridas para los fines previstos, correspondientes a la Licitación Privada referida; que tiene por objeto la “la compra de materiales para la construcción de 240 mts de pavimento sobre calle Azcuénaga entre Belgrano y Gdor. Gómez y Gdor. Gómez entre Azcuénaga y Sarratea” cuya apertura de ofertas se efectuó conforme a lo estipulado, a las 8 horas del día Lunes 24 de octubre de 2.022. Adjudicada a Ruiz Mauro Hernán C.U.I.T N° 20-28369055-6.-

N°490: Declarar asueto administrativo el día 2 (dos) de noviembre del 2.022.-

N°491: Otorgar una ayuda económica de $ 29.500, al Sr. Santiago Martin Primo, D.N.I N° 37.449.670.-

N°492: Otorgar una ayuda económica de $ 80.000, al Sr. Fabián Eduardo Troncoso, D.N.I N° 36.573.559.-

No habiendo mas temas que tratar la presidente dio por finalizada la sesión del día de la fecha.


Viernes, 4 de noviembre de 2022
Compartir en Facebook Compartir este artículo en Twitter         

Volver

       
 
 

© Copyright 2012 - 2015
www.iusnoticias.com.ar | All rights reserved
Curuzú Cuatiá - Corrientes - Argentina
(03774) 425131 y (3774) 404176 | redaccioniusnoticias@gmail.com