Mie 7 de Mayo de 2025
Curuzú Cuatiá - Corrientes
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El Intendente resolvió incluir a 19 cuadras en el Plan de Pavimentación Urbana


En cumplimiento con el pedido de varios vecinos de la ciudad de Curuzú Cuatiá que solicitaron oportunamente la incorporación de cuadras al “Plan de Pavimentación Urbana” y considerando las ordenanzas N° 1548 y N° 2152, sobre el Plan de Pavimentación Urbana, el intendente municipal José Irigoyen resolvió incluir 19 nuevas cuadras en el Plan de Pavimentación Urbana.

El Jefe Comunal, a través de la Resolución N° 146 del Departamento Ejecutivo Municipal resolvió incluir en el Plan mencionado 19 nuevas cuadras, que se detallan a continuación:

Chile entre Isabel la Católica y Colón (1 cuadra)

Vieytes entre Laprida y Soler (1 cuadra)

Vieytes entre Las Heras y Rafael Perazzo (1 cuadra)

16 de Noviembre entre Italia y Avenida Laprida (3 cuadras)

Soler entre Castelli y Vieytes (1 cuadra)

Lidueña entre Ecuador y Presidente Perón (2 cuadras)

Castelli entre Belgrano y Gobernador Gómez (1 cuadra)

Sarratea entre General Ramírez y Avenida Alberdi (2 cuadras)

Caá Guazú entre Vicente López y JJ Paso (2 cudras)

Edgar Estigarribia entre Santa Fe y 9 de Julio (3 cuadras)

9 de Julio entre Edgar Estigarribia y Soler (1 cuadra)

Pueyrredón entre Monte Caseros y Castelli (1 cuadra)

Características de las obras

Construcción de pavimento de hormigón de 0,15 metros de espesor, por 7,40 metros de ancho (medida que incluye cordones cunetas), por el largo de la cuadra que corresponda.

La cantidad de cuotas mensuales que deberán abonar los vecinos frentistas, será de TREINTA Y OCHO (38) cuotas.
Conforme al artículo 5 de la Ordenanza N° 1548, modificada por Ordenanza N° 2152, el 50% que corresponde pagar al vecino frentista, se determinará multiplicando los metros lineales de frente del inmueble por PESOS CUARENTA Y DOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($42,44), este importe será ajustado periódicamente, de acuerdo a la variación del costo de las obras.

Abrase el registro de oposición, previsto en el Artículo 8 de la Ordenanza N° 1548 y modificatorias, para las cuadras que se detallan en el Artículo 1 de la presente, habilitando el mencionado REGISTRO DE OPOSICIÓN en la oficina de la Secretaría de Obras y Servicios, a partir del día de la fecha y por el plazo de 10 días hábiles, contados desde la última publicación obligatoria.



Miércoles, 11 de abril de 2018
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