Lun 5 de Mayo de 2025
Curuzú Cuatiá - Corrientes
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El HCD invita a una audiencia pública para tratar ordenanza de donación de terreno al Centro de Jubilados Provinciales

Se invita a la ciudadanía a la audiencia pública que en cumplimiento de los Arts. 77 y 78 del Reglamento Interno de este H.C.D., con el Objeto de tratar la Ordenanza aprobada en primera lectura.

La audiencia se celebrará el día jueves 27 de septiembre de 2018 a la hora 19.30 en el JIN N° 44 ubicado en calles Paraguay y Ecuador del Barrio Intendente Eugenio Grela de esta ciudad.



ORDENANZA APROBADA EN PRIMERA LECTURA



EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art.10.- DONAR al CENTRO DE JUBILADOS PROVINCIALES, Filial Curuzú Cuatiá, el inmueble ubicado en la manzana 199 calle Tarrago Ros, fracción B del plano de mesura N° 8287-L que se agrega como anexo I, que consta de las siguientes medidas: 15 mts de frente al Oeste por calle Tarrago Ros, 9,80 mts de contrafrente al Este por 82,25 m de fondo al Norte y al Sur 62,25 y cerrando el polígono 20 m, lo que hace una superficie de 1.128,69 m2 . Inscripto en el Registro de Propiedad Inmueble de Corrientes departamento Curuzú Cuatiá al Folio Real Matricula N° 10500, año 2014. ADREMA E1-16116-1

Art. 2°.- Se impone a la presente donación los siguientes cargos:
a) El inmueble donado en el art anterior será destinado a la construcción de un salón de Usos Múltiples (SUM)
b) En el plazo de 5 (CINCO) años, a partir de la promulgación de la presente, deberá LA DONATARIA concluir la obra.
c) La donataria no podrá modificar el fin para el que fue dispuesta la donación.

Art.30.- El incumplimiento de los cargos impuestos provocará la revocación de la donación, sin otro requerimiento que la notificación por medio fehaciente que el DEM cursará a la donataria, quedando facultado para recobrar la posesión del terreno con todo lo clavado y edificado, sin deber por ello ningún tipo de indemnización.

Art.40.- Facultar al DEM a realizar todos los actos materiales, administrativos o jurídicos que fuere menester a fin de hacer efectivo lo dispuesto en los artículos precedentes.

Art.50.- De forma.


Martes, 25 de septiembre de 2018
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