#NiUnaMenos: dejadez municipal en Corrientes  A través de un proyecto presentado por el Concejal de Libres del Sur, Gabriel Romero, este jueves se solicitará al Departamento Ejecutivo Municipal a cargo de Fabián Ríos haga cumplir, a través de la Secretaría de Transporte y Tránsito Municipal, la Ordenanza 6380 -publicada en diciembre del año 2015-, a fin que las empresas del transporte urbano de pasajeros coloquen un cartel en cada colectivo con los números de teléfonos y direcciones que colaboren a denunciar casos de violencia contra la mujer, niños o niñas, conforme lo dispuesto en dicha ordenanza.
“A seis meses de publicada la Ordenanza 6480 las empresas del transporte urbano de pasajeros no han cumplido con la colocación de carteles con identificación de instituciones provinciales y municipales y números de teléfonos útiles en caso de violencia de género o intrafamiliar”, alertó el concejal de Libres del Sur en Corrientes.
“Las mismas empresas que no observan los requisitos exigibles por Ordenanzas de larga data como el servicio nocturno, mejoramiento de frecuencias, instalación de refugios, de cámaras de seguridad, señalización de paradas, entre otras, tampoco cumplen con la fijación de carteles dentro de cada colectivo que informan sobre teléfonos y oficinas de interés en el caso de violencia doméstica, conforme el modelo que se aprobara con la mencionada Ordenanza”, explicó.
“Es que las empresas están tan pobres que no pueden diseñar los carteles y luego mandar a hacer copias de los mismos para fijarlos en cada colectivo y con ello ayudar a difundir dónde acudir en caso de violencia doméstica?”, analizó el edil, a la vez que consideró que “es un caso de dejadez y de irresponsabilidad social empresaria, a pocos días de la movilización nacional del NI UNA MENOS, y en una Provincia y Ciudad que bastantes problemas tiene con este flagelo social”.
“Vamos a insistir con el cumplimiento de esta Ordenanza y esperemos que se reaccione rápido y se instalen los carteles en cada colectivo. Cómo entender que no han cumplido con esta norma municipal orientada a luchar contra la violencia pero sin embargo las empresas colocan en sus unidades todo tipo de propaganda comercial?”, aseveró Romero.
CORRIENTES, 07 de junio de 2016.- PROYECTO DE RESOLUCIÓN N°: V I S T O:
La Ordenanza n° 6380, sancionada el 02 de diciembre del 2015 y publicada en el Boletín Oficial n° 2485, y CONSIDERANDO: Que dicha Ordenanza estable en su artículo 1° que las empresas prestadoras del servicio de transporte urbano de pasajeros deberán colocar en todas las unidades en lugar visible un cartel que detalla los mecanismos de acción contra el maltrato, lugares de asistencia y denuncia, direcciones y teléfonos de todos los centros de atención a las víctimas de violencia de género e intrafamiliar. Que en el anexo de dicha Ordenanza se establece el modelo de cartel a exhibir en cada colectivo. Que en el artículo 2° de la norma municipal se establece que las empresas prestadoras deberán costear los gastos que demande la ejecución del cartel referenciado sin “sin que los mismos sean transferidos a los usuarios del servicio”. Que han transcurrido 6 meses desde la publicación de la Ordenanza 6380 sin que se evidencie el cumplimiento de la misma en ninguno de los internos del sistema de transporte urbano de pasajeros de la ciudad. Que no parece que cumplir con dicha obligación signifique un gasto que no puedan absorber los concesionarios del transporte y más bien la manda municipal configura parte de la responsabilidad social empresaria que es dable esperar de los mismos. Que la Ordenanza aspira a lograr difundir mecanismos de acción elementales para reaccionar en caso de violencia contra mujeres, niños/as, adolecentes y hombres por lo que cabe poner el máximo de interés en que tenga cumplimiento. Que la Carta Orgánica Municipal establece en su artículo 14 que las políticas municipales tienen los siguientes objetivos: Inciso 13) Proteger a las personas que se hallan en situación de riesgo y vulnerabilidad, procurando la satisfacción de sus necesidades básicas, en articulación con organismos gubernamentales y no gubernamentales.
Inciso 16) Promover el desarrollo y la protección de la familia y de los niños, niñas y adolescentes, para garantizar el ejercicio pleno de sus derechos, de conformidad con las normas constitucionales, nacionales y provinciales, las leyes y tratados internacionales. Que además la Reforma de la Carta Orgánica Municipal del año 2013 incorpora el artículo 15 que en lo pertinente dice :”El Municipio mediante acciones positivas, afirma y reconocer los derechos de la mujer e incorpora la perspectiva de género…; propicia acciones de articulación con otros organismos gubernamentales y no gubernamentales, destinadas a prevenir, detectar y combatir la violencia de género y la trata de personas con fines de explotación sexual y laboral” Que corresponde a este HCD por otra parte de acuerdo al artículo 29 inciso 40) Realizar el control de gestión y cumplimiento de las Ordenanzas.
Que por ello, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE RESUELVE ART. 1º.-SOLICITAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL HAGA CUMPLIR A TRAVÉS DE LA SECRETARIA DE TRANSPORTE Y TRANSITO MUNICIPAL LA ORDENANZA 6380 PUBLICADA EN DICIEMBRE DEL AÑO 2015, A FIN QUE LAS EMPRESAS DEL TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS COLOQUEN UN CARTEL EN CADA COLECTIVO CON LOS NÚMEROS DE TELÉFONOS Y DIRECCIONES QUE COLABOREN A DENUNCIAR CASOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, NIÑOS O NIÑAS, CONFORME LO DISPUESTO EN DICHA ORDENANZA.-
DE FORMA.-Miércoles, 8 de junio de 2016
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