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El senador Rubén Pruyas impulsó la adhesión a una ley que promueve el desarrollo acuícola

En la última sesión del Senado Provincial, la Cámara Alta le dio media sanción a la adhesión a la Ley Nacional N° 27.231 de “Desarrollo Sustentable del Sector Acuícola”. El legislador justicialista es el autor de la mencionada iniciativa y explicó por qué es tan importante avanzar con esta normativa.

El senador provincial Rubén Tomás Pruyas impulsó la adhesión a la Ley Nacional N° 27.231 que promueve el desarrollo sustentable del sector acuícola y tiene como principales objetivos el de regular, fomentar y administrar la actividad de la acuicultura dentro del territorio nacional.

En este sentido, el legislador justicialista explicó que Corrientes cuenta con la Ley 6.224, cuyo fundamento desarrolla ampliamente todo lo relacionado a la actividad, y declara de interés provincial y económico la Acuicultura.

Vale recordar que la acuicultura es la actividad por medio de la cual se cultiva y cría organismos acuáticos, vegetales y animales. El Único Registro Nacional de Establecimientos de Acuicultura (RENACUA) se encuentra a cargo del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, a través de la Dirección de Acuicultura, y posee carácter público, manteniendo el objetivo de inscripción obligatoria de todos los actores del sector acuícola, solicitando la información relativa a las actividades que éstos desarrollen.

De este modo, el senador Pruyas manifestó que es de suma importancia que Corrientes adhiera a la Ley Nacional Nº 27.231 “Desarrollo Sustentable del Sector Acuícola”.

La autoridad de aplicación será el Ministerio de la Producción en dependencias de la Dirección de Acuicultura de la provincia de Corrientes creada por Ley 6.224, que tendrá entre sus funciones las que determina la ley provincial, así como coordinar el fomento y promover los posibles cultivos a desarrollar y el crecimiento de la producción existente, así como la calidad de los productos, su agregado de valor, su comercialización y competitividad de los mismos; tanto sea de aquellos dirigidos al mercado interno como a la exportación, en coordinación con las dependencias competentes, en cumplimiento a los lineamientos de la ley nacional.

Por otro lado, también esta norma facultará al Ministerio de la Producción a celebrar convenios que lleven a una coordinación y colaboración con el gobierno nacional, y los gobiernos provinciales y municipales en materia de acuicultura, la UNNE y toda otra institución relacionada, así como con otros países.

En este último caso, con la participación que le corresponda al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, pudiendo participar activamente de la Red de Acuicultura de las Américas, de la cual la República Argentina forma parte a través de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca (MAGyP).



Miércoles, 3 de agosto de 2016
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