Vie 26 de Abril de 2024
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Anses: conocé cómo podés accedér al beneficio por desempleo

A este beneficio pagado por Anses podrán optar aquellos trabajadores en relación de dependencia según lo establecido en la Ley Contrato de Trabajo N° 24.013.

Si vos sos un trabajador bajo dependencia que quedó sin empleo, bien sea por finalización de contrato, despido sin causa justa o por situaciones externas al trabajador puedes optar por el beneficio que ofrece Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) para aquellas personas que se encuentren en esa situación.

Según se refleja en la página web de Anses a este beneficio podrán optar aquellos trabajadores en relación de dependencia según lo establecido en la Ley Contrato de Trabajo N° 24.013.


Además dentro del referido portal en internet se detalla que para poder acceder a este beneficio debes cumplir con los siguientes requisitos:

Trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.


Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.

Documentación requerida por Anses

DNI (original y copia)

Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:

Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma del empleador.

Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.

Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.

No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.

Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.

El trabajador cobraba por una Aseguradora de Riesgos del Trabajador (ART) al momento de producirse la finalización del trabajo: alta médica definitiva o resolución por la que se determina un grado de incapacidad laboral permanente definitiva inferior al 66%. Si el porcentaje es mayor y se encuentra tramitando el Retiro por invalidez, deberá presentar un certificado médico de aptitud laboral acorde a su salud.

El trabajador tenía una enfermedad no adjudicable al ámbito laboral al momento de producirse la finalización del trabajo: certificado médico de aptitud laboral.

Monto a cobrar

Asimismo, en la página web de Anses se detalla que el monto a cobrar y la cantidad de cuotas a cobrar por este beneficio se calcula según tus ingresos y meses trabajados, con aportes, durante los últimos 3 años. Los trabajadores menores de 45 años cobrarán entre 2 y 12coutas, mientras que los mayores de esta edad lo harán por 6 meses más.

Para el cobro de este beneficio Anses gestionará la apertura de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social para recibir los aportes por esta prestación. De este modo, podrás retirar el dinero por ventanilla en la sucursal bancaria. Posteriormente, el banco te entregará la tarjeta de débito para operar a través de los cajeros automáticos.

El trámite para optar por este beneficio podés hacerlo a través del sistema de atención virtual.


Viernes, 22 de enero de 2021
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